LAS ÚLTIMAS BOQUEADAS

Por  Juan Carlos Esteban

Buenos Aires, 3 de marzo de 2010

La Señora Martina I. de Monreal no cesa en su empeño por disputar con Newton la ley de gravedad, que para ella es, apenas, una teoría. Con el pretexto del color de la manzana, se empeña en revertir toda evidencia y "verdades bien sabidas". Su consigna predilecta es: TIENE OLOR A JABÓN, GUSTO A JABÓN, PERO ES QUESO".
 

1.- El martes 2 de marzo le confiesa al amigo J. P. ARESI, su "temor a que no respete las diferencias de opinión"... Sin embargo -humorada aparte- confunde los conceptos.

a) Nosotros no manejamos "opiniones", sino certezas documentadas, a través de sistemas universalmente aceptados, que nos habiliten un PUNTO FINAL.

b) En el terreno de las opiniones, nosotros consideramos todas aquellas, diferentes, pero servidas por la buena fe y si es posible, documentadas. Ese no es su caso, tediosa y reiteradamente expuesto, a lo largo de su nota, que no vale la pena de detallar.

Su costumbre: Cuestionar las cuatro patas del gato y la cantidad de pelos que lo cubren, con prescindencia del gato. Es una ferviente partidaria de los detalles intrascendentes, donde se complace en parasitar. De los detalles y minucias, hace el TODO. Desdeña los conceptos de fondo, que finge ignorar. El pelo en la leche lo exalta frente al contenido.

2.- Con su habitual liviandad se aposenta en un sofisma o en un laberinto semántica, confundiendo, por ignorancia o algo peor, la especificidad de las palabras y sus acepciones. "Ud. insiste -le reprocha a Aresi- en los fallos de la Justicia" "Por algo la palabra "FALLO" -pontifica- así como significa "veredicto" significa también "equivocación". La palabra "FALLO JURÍDICO" tiene un solo y único significado gramatical y se conjuga, verbalmente, en singular -presente o pretérito indicativo- como SENTENCIA DE UN JUEZ O, SIMPLEMENTE DICTAR SENTENCIA EN JUICIO. El resultado de un fallo es el que puede ser favorable o adverso y, en el caso del Juicio Sucesorio de Carlos Gardel o Gardes, fue favorable a su madre y no hubo desacuerdo con el fallo del Juez en ningún tribunal desde hace 75 años.

3.- La acepción NO jurídica de "FALLO", que trata de emparentar, no tiene nada que ver con la primera y puede significar, desde: "Perdida de resistencia de algo" o "Salir mal algo", hasta, en algunos juegos de naipes, como "Poner un triunfo por no tener palo que se juega. "Si no tenes OROS tendrás que fallar".

4.- Desde hace 75 años, no he leído, en ningún estrado Judicial, que se siga debatiendo las "irregularidades" del Testamento, tanto en la Justicia Argentina como en la Uruguaya. Los FALLOS quedaron firmes y ratificados, posteriormente, por los Tribunales de la Capital. El testamento fue periciado, en su forma y contenido, por los profesionales Torre y Fenoglio y luego por el Dr. en Jurisprudencia N.I. Regueira, en su enjundioso libro sobre el "CASO GARDEL". En la década de 1980 ratificó por escrito su legalidad el prestigioso Jurisconsulto y ex Presidente de la Corte Suprema Oriental, Dr. NELSON NICOLIELO -de próxima aparición- y también, en iguales conceptos, me asesoró el reconocido Jurista oriental AMILCAR VAZCONCELOS.

En consecuencia, "FALLO" a secas, no es sinónimo de "equivocación", como pretende la Sra. Iñiguez.

La presunta "equivocación no se sigue discutiendo" en sus Ámbitos Naturales -TRIBUNALES- sino que es materia de una reyerta menor (casi un monólogo) que se eterniza, alentada, por intereses espurios, de toda índole, y franco tiradores, apostados en Sitios e individuos desprestigiados.

5.- CONCLUSIÓN FINAL

En síntesis, a Nosotros nos desbordan las certidumbres documentales. A Ellos, en cambio, los abruman las carencias totales, de pruebas verificables, que liguen, sólidamente, a Berthe Gardès con Uruguay y a Carlos Gardès o Gardel, con Carlos Escayola. Por eso huyen de la JUSTICIA y de las Pruebas de ADN. Sin ellas, buscan mil subterfugios. Se les cierran los caminos, obligándolos a retornar, para reciclar la Leyenda. ASI DE SIMPLE.

Juan C. Esteban

 

Publicado con permiso de Juan Carlos Estaban el 3 de marzo de 2010. 
© Copyright 2010 por Juan Carlos Esteban.
Todos derechos reservados.

Ed.: Tambien ver:

  1. C. GARDEL: LOS VENTICUATRO PILARES DE SU IDENTIDAD. Por: JUAN CARLOS ESTEBAN. 19 de junio del 2010.
  2. L. LUCIANO Y LOS "APORTES A LA CULTURA UNIVERSAL". Por: JUAN CARLOS ESTEBAN. 1 de marzo del 2010.
  3. RESUCITANDO FÁBULAS.  Por: JUAN CARLOS ESTEBAN. 28 de febrero del 2010.
  4. LA AGRESIÓN COMO FORMA DE IMPOTENCIA. Por: JUAN CARLOS ESTEBAN. 26 de enero del 2010.
  5. C. GARDEL: VALIDEZ DE SUS CONSTANCIAS COMO URUGUAYO. Por: JUAN CARLOS ESTEBAN. 22 de enero del 2010.

  6. Centro de Estudios Gardelianos: DOCUMENTOS

  7. CARLOS GARDEL: EL JUICIO SUCESORIO EN URUGUAY. 27 de Febrero de 2008. Por Juan Carlos Esteban
  8. EL TESTAMENTO DE GARDEL, 7 de nov. de 1933

  9. CARLOS GARDEL Y LA PERICIA DE SU TESTAMENTO. Por: JUAN CARLOS ESTEBAN. 2 de marzo del 2009
  10. ASTILLAS DE GARDEL. Por José María Otero.
  11. INVALIDEZ DE LA DOCUMENTACIÓN URUGUAYA DE 1920. 24 de Sept del 2007. Por Juan Carlos Esteban

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Last update: June 19, 2010

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