1ª) Planilla del
Hospital de La Grave, en Toulouse,
donde Marie Berthe Gardes ingresa el
10 de noviembre de 1890, siendo su
Parto el Nº 237 del libro de
Nacimiento del Hospicio.
2ª) Registro
Administrativo, por índice
alfabético, donde en la letra G,
figura su nacimiento Nº 235
refrendado por Louis Laurans. (Ver
“LOS AMIGOS DE GARDEL” mayo de
2010)
3ª) Partida de
Nacimiento Nº 2481, Folio Nº 311,
del 11 de diciembre de 1890.
4ª) Certificado
de Reconocimiento, de Marie Berthe
Gardes Nº 280 del 22 de diciembre de
1890, legalizado por la Alcaldía de
Toulouse, Francia.
5ª) Fe de
Bautismo del 11 de diciembre de
1890, Folio Nº 191, suscrito por el
Sacerdote Bertrand, siendo testigo
Marie Arnold.
6ª) En el
Ministerio de Relaciones exteriores
de la ROU se encuentra archivado el
expediente N° 790/35 donde el
Presidente Gabriel Terra desiste de
su reclamo para Repatriar los Restos
de Carlos Gardel, iniciativa
encarada por el Embajador Theddy del
vecino País, a partir de la
documentación aportada por la
Argentina
7) Juicio
Sucesorio, sustanciado en Argentina,
en agosto de 1935 Nº 16326, Libro Nº
7108, del Tribunal de Primera
Instancia, en lo Civil a cargo del
Juez Horacio Dobranich. Se
Protocoliza Notarialmente, El
Testamento, ratificando sus datos
filiatorios de origen y RECTIFICANDO
su apellido de Adopción, ante el
Consulado de Uruguay de 1920, como
Carlos Gardel.
8ª) Juicio
Sucesorio en Montevideo, a cargo del
Juez de Primera Instancia en lo
Civil, Francisco Jurdi Abella, que
falla sin oposiciones, el 14 de
abril de 1937, a favor de Doña
Bertha Gardes como Heredera
Universal de su hijo, identificado,
indistintamente, como Carlos Gardes
o Carlos Gardel en Expte Nº 35,
Folio Nº 66, Nº 747/42, en base a la
Documentación, requerida, por El
ESTADO URUGUAYO a
Francia, por vía Diplomática,
ateniéndose a Testamento Hológrafo
ya registrado notarialmente.
9ª) El Poder
Judicial de la Ciudad de Buenos
Aires, en la persona de la Jueza
Fabiana Schafrik, por Resolución Nº
268/69 deniega un pedido de ADN,
solicitado (CONT) por el C.E.G,
fundando su negativa, conforme el
Punto F y G, en "COSA FUNDADA". "En
ambos Juicios Sucesorios -ratifica
la Magistrado- se ha resuelto que la
única heredera, fue la madre del
reconocido cantante Argentino,
Señora Berta Gardes".
10ª) Pericia de
la Policia de Buenos Aires,
confirmatoria de las huellas
dactilares idénticas, entre las que
figuran en el Pasaporte de 1923 a
nombre de Carlos Gardel y las que
figuran en la Planilla de Detención
de 1904 de Carlos Cardes, practicada
en los laboratorios policiales
de La Plata.
11ª) Diplomas,
Planillas de Clasificaciones,
Certificados de Estudios,
Solicitudes de Ingreso, como nacido
en Dolosa, Francia, de edades
concomitantes con su Partida de
Nacimiento. Cartas de Recomendación
de las Autoridades Salesianas sobre
su conducta y aplicación. Panillas
de Pensionado Salesiano, con el
Registro de sus gastos, abonados por
su madre, Berta Gardes. Dicha
escolaridad fue ratificada por
Gardel en sendas, declaraciones
Periodísticas.
12ª) Pericia
Caligráfica, sin anormalidades,
practicada en el original del
Testamento Hológrafo del 7 de
noviembre de 1933, suscripto por
Carlos Gardel, certificando el
cambio de apellido por un seudónimo,
por razones artísticas. (Policía y
Criminalística" Volumen 362, Pág.
41, octubre de 2005, Ed. Policial) .
13ª) El Estado
Francés, a través de sendas cartas
oficiales del Presidente de Francia,
Jaques CHIRAC del 9 de agosto de
2006 y del actual Mandatario Nicolás
SARKOZY, del 20 de febrero de 2008,
ratificando, conforme la
Documentación obrante en
Cancillería, el origen Galo de
Carlos Gardel.
14ª) Uso
INDISTINTO Y ALTERNADO que se
conserva documentado, de su apellido
de origen y su seudónimo, en los
periódicos que informaban su gira
artística de 1913, en distintos
Partidos de la Prov. de Buenos
Aires.
15ª) Documento de
detención Nº 1614 del 11 de
septiembre de 1904 del Partido de
Florencio Varela, donde figura con
13 años, tipógrafo, alfabeto,
francés, hijo de Bertha Gardez,
domiciliado en Uruguay 162 C.
Federal. Tiene una cicatriz en el
lóbulo de la oreja derecha. Deja su
firma e impresiones digitales,
coincidentes con pericias forenses
posteriores.
16ª) El 30 de
enero de 1913 se presenta su madre,
Bertha Gardes, ante la Policía
Federal -División Investigaciones- y
bajo juramento, declara la ausencia
de su hijo Carlos Gardes de 22 años,
francés, con una cicatriz en la
oreja derecha (similar a la de
1904), recomendando su actual
paradero. Figura la firma de la
madre, el oficial Policial y sello
de la Repartición.
17ª) Constancia
de la Dirección de Migraciones de
que en marzo 11 de 1893, ingresan de
Burdeos a la Argentina. Bertha
Gardes y su hijo Charles.
18°) Constancia
en la Planilla de Migraciones, donde
documenta su retorno al país, de una
gira, el 24 de octubre de 1915, como
ARGENTINO, casado de 42 años,
católico, artista, en el vapor RE.
Victtorio. Registro Oficial de
C.E.M.L.A. El Documento que portaba
no se conserva.
19°) Se conserva
documentado los registros de Bertha
Gardes residiendo en Venezuela de
1875 a 1882. Desde esa fecha hasta
1886 en Burdeos, Francia. En 1889 y
1890 en Toulouse, hasta 1893,
embarcando, desde Paulliac, a Bs.
As. En ese periodo no hay registros
Aduaneros y Migraciones de Francia y
Uruguay ni indicios comprobables, de
la presunta permanencia de Bertha
Gardes en territorio oriental, que
alimente la leyenda.
20°) El 26 de
noviembre de 1936 se formaliza en la
cede de la embajada Francesa en
Buenos Aires, en presencia de su
Embajador, MARC PELLETERAT DE BORDE,
la Protocolización del Acta de
Nacimiento, el Testamento Hológrafo
y la Resolución Judicial como única
Heredera de Berta Gardes. El Acta Nº
150 la Firma el Embajador, Bertha
Gardes, y el Apoderado de Berthe
Gardes ante los Poderes Públicos
Franceses, Don VÍCTOR JOSEPH EDMOND
LEROY. Dicho Instrumento pasa a la
Chancillería Francesa, donde queda
Registrado Carlos Gardel, como
Charles Romuald Gardes, francés,
fallecido. Este Instrumento, más los
obrantes en la Alcaldía de Toulouse
sirvieron de base a las categóricas
declaraciones, sobre su origen, de
Nicolás Sarkozy, y Jaques Chirac,
entre otros funcionarios franceses
21°) El 1° de
julio de 1935, el periodista Segundo
Bresciano reprodujo un reportaje de
junio de 1930 en el periódico EL
DEBATE de Montevideo donde Carlos
Gardel había declarado que sus
padres eran franceses y su padre era
tipógrafo y tenia una imprenta.
Efectivamente Paúl Jean Lasserre,
probable padre, trabajaba en la
Imprenta “SIRVEN” de Toulouse con
sucursal en Paris. P.J.Lasserre
figura como litógrafo en la listas
Cantonales de Reclutamiento de
Toulouse, bajo el N° 251 y el N° de
Matrícula 1151.
22) En 2003 la
UNESCO declara la Vos de Carlos
Gardel, PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD,
a requerimiento uruguayo, pero
contrariando su voluntad, en
consulta con su Cuerpo de Juristas,
lo declara como CANTANTE
ARGENTINO NACIDO EN FRANCIA.
23°) El Diario
“EL DEBATE” de Montevideo. El 1° de
julio de 1935, reproduce una
entrevista entre Carlos Gardel y el
periodista Segundo Bresciano de
Junio de 1930, donde este le
pregunta sobre la nacionalidad y
profesión de su Padre. Este le
responde: “Era francés.
Tipógrafo y tenia una
IMPRENTA”.
En los Archivos Departamentales
de Haute –Garonne figura PAUL JEAN
LASSERRE como litógrafo de
profesión. Y en las listas de
Reclutamiento Cantonal de Toulouse
Norte, figura bajo el N° 251 y tiene
como N° de Matrícula 1151. De fuente
familiar conocemos que trabajaba en
la imprenta “SIRVEN”, Calle
Colombette N° 76, a pocas cuadras de
la vivienda familiar. Tenia una
filial en Paris, donde Lasserre se
traslado en febrero de 1891.
24°)
NULIDAD DEL
REGISTRO COMO URUGUAYO.
Los documentos que portaba C. Gardel
nacen como consecuencia de un
“SALVOCONDUCTO” destinado
exclusivamente a prestar Auxilio
y Protección a los ciudadanos
uruguayos en el exterior, que dicen
ser orientales (Art. N° 82 de la Ley
N° 3028 de 1906). Pero esa Ley tenia
un objetivo determinado y no era
SUPLETORIA DE LA
PARTIDA DE NACIMIENTO. Al
contrario, su artículo N° 79,
ratifica, confirma y habilita la
validez del Certificado o
Salvoconducto, para esos dos fines
específicos, siempre, que se de una
condición SINE QUA NON. En efecto el
“olvidado” artículo N° 79 advierte,
anticipadamente, que:
“NO PRESTARAN
LOS AGENTES CONSULARES SOCORRO ALGUNO
SIN CERSIORARSE PREVIAMENTE, DE LA
NACIONALIDADURUGUAYA
DE LA PERSONA DESAMPARADA”.
Por lo tanto el
Salvoconducto N° 10052/1920
–DOCUMENTO MADRE- en poder de
Gardel, al no haber satisfecho su
requisitoria y no cumplir la forma
exclusiva ordenada por la ley o
cuando dependiera para su validez de
la forma instrumental, son también
nulos los respectivos instrumentos
derivados. Por otra parte, la
nulidad se entiende que es siempre
de pleno derecho, porque no se
necesita ser reclamada por parte
interesada.
“En definitiva,
la nulidad es la ineficiencia en un
acto jurídico como consecuencia de
carecer de las condiciones
necesarias para su validez, sean
ellas de fondo o de forma o vicios
de que adolece un acto jurídico, si
se ha realizado con violación u
omisión de ciertas formas o
requisitos indispensables para
considerarlo como válido, por lo
cual la nulidad se considera ínsita
en el mismo acto, sin necesidad de
que se haya declarado o juzgado”
(Ver: Manuel Ossorio.” Diccionario
de Ciencias Jurídicas”, Pág. N°
621 Editorial HELIASTA.
PUNTO
FINAL
Juan C. Esteban